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Tipo: Curso
Temas: Nivel básico de prevención  
Modalidad: Online
Dedicación: 30 Horas
Idioma: Español
Presentación
Programa

Introducción

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales establece los derechos, las obligaciones y las responsabilidades de los distintos agentes sociales y de las diferentes Administraciones Públicas en todo lo que se refiere a la protección de la salud de los trabajadores en el trabajo.

Entre los derechos más relevantes de los trabajadores se encuentra el de participar en la política y en las acciones de prevención en la empresa.

Pero para el ejercicio responsable de ese derecho de participación requiere que los trabajadores tengan conocimiento suficiente de las técnicas preventivas. Por este motivo, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales determina que los empresarios están obligados a facilitar la información y la formación necesaria a los trabajadores sobre los riesgos derivados del trabajo y la forma de evitarlos y reducirlos.

Además, para garantizar al máximo la participación de los trabajadores en la actividad preventiva de las empresas, la Ley define la figura del delegado de prevención, cuyas competencias y facultades establece en su artículo 36.

Consecuencia directa de la Ley de Prevención es el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. Este Reglamento clasifica las funciones de tipo preventivo en los niveles básico, intermedio y superior; y detalla cuáles son exactamente tales funciones. Así, el apartado 1 del artículo 35 del Reglamento es una descripción de las funciones del nivel básico de la actividad preventiva.

Por otra parte, el Reglamento de los Servicios de Prevención fija los conocimientos mínimos necesarios para ejercer las funciones de cada nivel y las horas lectivas mínimas para impartirlos. En particular, en el Anexo IV del mismo se desarrolla el "Contenido mínimo del programa de formación para el desempeño de las funciones de nivel básico" y se establecen las horas lectivas mínimas de cada parte del temario, según se trate de desarrollar las funciones de nivel básico en una empresa incluida en el Anexo I del Reglamento (50 horas en total) o no incluida en él (30 horas).

Finalmente la Ley 54/2003 establece la figura del Recurso Preventivo, y se entiende como tal una o varias personas designadas o asignadas por la empresa, con formación y capacidad adecuada, que dispone de los medios y recursos necesarios, y son suficientes en número para vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas que así lo requieran.

En resumen, el programa de nivel básico está pensado para la formación de:

  • Trabajadores designados por el empresario para ocuparse de actividades preventivas básicas.
  • Personal de nivel básico de los Servicios de Prevención.
  • Recursos Preventivos.

La comparación de las competencias de los delegados de prevención con las funciones del nivel básico de la actividad preventiva, y el análisis del contenido mínimo del programa mencionado, llevan a la conclusión de que tal programa es adecuado, también para la formación de delegados de prevención.

El contenido del curso se agrupa en cuatro módulos:

MÓDULO I: Conceptos Básicos sobre Seguridad y Salud en el Trabajo
Establece los fundamentos y el marco normativo en materia de prevención de riesgos laborales.


MÓDULO II: Riesgos Generales y su Prevención
Describe las diferentes situaciones de riesgo en la empresa y propone, en su caso, medidas preventivas.


MÓDULO III: Elementos Básicos de Gestión de la Prevención de Riesgos
Analiza la forma de organizar la prevención de riesgos laborales en la empresa y prepara al trabajador para la participación en las acciones de Emergencia y primeros auxilios.


MÓDULO IV: Riesgos específicos y medidas preventivas en función de la actividad de la empresa.
Se analizan los riesgos más habituales que se pueden presentar en los puestos de trabajo, en función de la actividad desarrollada por la empresa.


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